Ordenanzas Municipales

APEFOODT viene trabajando unilateralmente desde su inscripción en los registros públicos (SUNARP) en el 2015, para crear en los diferentes distritos espacios operativos donde los emprendedores Food Trucks puedan desarrollar su actividad culinaria de manera formal y tener un retorno de su inversión, como mantener la continuidad de su negocio.

Más de 4 años de lucha constante con los municipios de Lima, como son; Lima Metropolitana, Comas, Carabayllo, Los Olivos, Independencia, Rimac, Pueblo Libre, Lince, Jesús María, Surquillo y por último San Miguel, donde todos siguiendo un patrón de negación legal no permitían la presencia en espacios públicos de Food Trucks en sus jurisdicciones.

Sin embargo los mismos funcionarios municipales en fechas conmemorativas, como son; El Día del Trabajo, Día de la Madre, Fiestas Patrias, Navidad, etc y etc. convocaban la presencia de Food Trucks para las ferias que desarrollaban directa e indirectamente. También diferentes Ministerios, convocaban a los Food Trucks para que estén presentes en sus actividades sociales.

La Municipalidad de Lima, a través de la gerencia de cultura y/o programas sociales, convocaban la presencia de Food Trucks para la atracción de sus eventos, realizados en varias ocasiones en conjunto con SERPAR.

Entonces no entendíamos la negativa de desarrollar una base legal municipal para el desarrollo formal de una actividad comercial que actualmente es tendencia en el Perú y el Mundo, donde los Food Trucks puedan ejercer su operatividad gastronómica de manera formal siguiendo normativas correspondientes a garantizar la inocuidad de los alimentos a expender en los espacios públicos.

Claro después de tanta lucha frontal, donde APEFOODT (David contra Goliat) inicio quejas y demandas contra la indiscriminación municipal y en muchos casos buscando hacer cumplir la Ley N° 29060 – Ley de Silencio Administrativo, por supuesto que ninguna demanda prospero.

Pero finalmente se logro el objetivo. Después de tantas demandas y quejas administrativas, la Municipalidad de San Miguel que inicialmente nos negaron facilitar espacios públicos operativos para los Food Trucks, promueven, aprueban y reglamentan la primera Ordenanza en el Perú que regula el otorgamiento de autorización municipal a los Food Trucks (ordenanza específica para los Food trucks), Ordenanza N° 390/MDSM publicada en el Peruano el 18 de Noviembre del 2019 a través del Decreto de Alcaldía N° 007-2019/MDSM, firmado y sacramentado por el Alcalde de San Miguel – JUAN JOSÉ GUEVARA BONILLA, terminando la reglamentación con la frase “Regístrese, Publíquese y Cúmplase”.

Luego vino la Pandemia y bloqueo todo el trabajo realizado. Pero en este 2022 después de 2 años de reglamentarse esta ordenanza que nos brinda toda la guía y base legal para homologar en las diferentes municipalidades de Lima y Provincias, estamos trabajando para crear nuevas oportunidades de reactivación económica para los emprendedores que con todo su esfuerzo han invertido en su Idea de Negocio y que no tienen una visión final de su retorno de inversión.

“Si eres un Emprendedor Food Truck, registra tus datos con nosotros y podrás ser parte de esta oportunidad operativa que venimos gestionando”

La Ceguera de los Funcionarios Municipales

Todos los emprendedores Food Truck han venido a nosotros, porque cuando han querido hacer las cosas formales, se han encontrado con una respuesta muy similar “Aquí no tenemos Food Trucks”, no existe una ordenanza que permita trabajar a los Food Trucks en los espacios públicos, porque a ningún político se le ilumino la virgen previendo que el anuncio que hiciera nuestro Gran Embajador de la Marca País Perú, Don Gastón Acurio apadrinando públicamente la creación de una tendencia denominada “Combis Sangucheras” que pretendía convertir el flagelo de las Combis Asesinas en opciones culinarias que finalmente terminaron invadiendo las calles populadas de comercio ambulatorio sin mayor control municipal, puesto que sus presupuesto no facilitan realizar una fiscalización continua para establecer el orden de los espacios públicos de mayor transito peatonal.

Todos conocemos el paradero de una Combi Sanguchera a partir de las 6:00 de la tarde, desconocemos  la calidad, la salubridad y la seguridad con que esos alimentos son preparados, y menos aún la procedencia de los mismos. Pero las autoridades tampoco lo saben, puesto que no ejercen una función fiscalizadora que permita controlar el nivel de salubridad y seguridad que exponen a los comensales asiduos a sus servicios, por la necesidad de consumo de alimentos de costos asequibles a su economía y por razones de tiempo al ser comidas rápidas al paso, que nuestro estrés y limitaciones de tiempo nos obliga a consumir en estas unidades.

Los funcionarios con decir, “aquí no permitimos este tipo de unidades en nuestra jurisdicción porque no tenemos ordenanzas que las identifiquen y se puedan brindar las autorizaciones correspondientes“, se limitan a cerrar los ojos y dejar que los comensales corran el riesgo de intoxicación leve o grave que a posterior pueda terminar en una demanda a la autoridad municipal por poner en riesgo la salud de su comunidad. Claro esto no les afecta mucho porque sabemos como la justicia camina en el Perú y una demanda puede tomarse entre 2 a 3 años para su ejecución final, quedando las faltas o delitos en la total impunidad.

No cuesta mucho llevar a estos emprendedores a una formalización, puesto que ellos mismo quieren y están dispuestos a ser parte del motor de crecimiento de la economía del país tributando a la SUNAT como MYPE, siempre y cuando el municipio les entregue una autorización para trabajar tranquilos y en regla, cumpliendo factores de orden y distribución de locaciones, como también regularizar sus unidades cumpliendo estándares y normas de salubridad y seguridad.

Por la misma razón la Asociación Peruana de Food Truck – APEFOODT, tomando la experiencia de los países miembros de la Comunidad Food Truck Latinoamerica, de la cual somos parte de la misma, hemos logrado la Certificación de PROMPERU para la licenciatura de la Marca País Perú a nivel institucional la misma que nos brinda la fuerza para desarrollar proyectos de inversión privada a fin de crear espacios públicos para los Food Trucks formalizados y certificados también por nuestra institución para el Fomento del Turismo Gastronómico, creando  precedentes de evolución y crecimiento emprendedor ampliando la base tributaria existente, favoreciendo la economía del país y lo que es mejor creando puestos de trabajo sostenibles para las familias de bajos recursos económicos, brindando oportunidad laboral a jóvenes emprendedores a través de inversionistas jubilados de sus AFPs que no saben donde hacer crecer su dinero acumulado y favoreciendo a las instituciones de bienestar social con aportes directamente proporcionales a la evolución de los negocios en esta modalidad.

Con esta fuerza institucional y con el auspicio de empresas e inversiones privadas, la asociación viene solicitando los espacios públicos para la puesta en marcha de este proyecto del Turismo Gastronómico amparándonos en una ley existente, la Ley General de Turismo, Ley N° 29408, la misma que esta por encima de cualquier ordenanza municipal y ante la negativa de las autoridades tenemos el mecanismo legal para judicializar nuestra solicitud y demandar la falta de voluntad de hacer cumplir el tenor de los Artículos 1°, 2° y 3° de la ley que indica la priorización de la inversión pública y/o privada para el desarrollo de actividades basadas en el turismo y de esa manera establecer un crecimiento sostenible y validar la no discriminación en los aspecto económicos y sociales.

¿Qué es mejor, seguir manteniendo la ceguera de la existencia de las Combis Sangucheras en las noches de nuestra ciudad, poniendo el riesgo la salud de los vecinos de la comunidad distrital o formalizarlos para que puedan trabajar tranquilos siguiendo normas de salubridad y seguridad, mitigando todo tipo de riesgos a la población y al municipio?

¿Aceptamos la prepotencia municipal de erradicar este tipo de comercio en los espacios públicos, cometiendo una in discriminación social o abusando de cobros indebidos a los emprendedores que buscan mantener una economía sostenible para sus familias?

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