📘 RESUMEN DE LA LEY 32524
Ley que promueve la formalización y fortalecimiento del modelo de negocio de los Food Trucks
La Ley N.° 32524 establece el primer marco normativo nacional orientado a regular, promover y fortalecer el modelo de negocio Food Truck en el Perú, reconociéndolo como una actividad económica productiva, vinculada principalmente a la gastronomía y a la micro y pequeña empresa.
Su enfoque se centra en la formalización, el desarrollo ordenado del sector y la eliminación de barreras burocráticas, respetando las competencias de las distintas entidades del Estado.
🧭 1. Objeto de la Ley
La Ley 32524 tiene por objeto:
- Promover la formalización del modelo de negocio Food Truck.
- Fortalecer la actividad gastronómica móvil como parte del desarrollo productivo nacional.
- Brindar seguridad jurídica a los emprendedores del sector.
- Establecer criterios claros para la actuación de las entidades públicas.
- Evitar interpretaciones restrictivas o requisitos no contemplados en la ley.
La norma reconoce que el Food Truck no es un problema de tránsito, sino un modelo de negocio gastronómico móvil.
🏗️ 2. ¿Qué se entiende por Food Truck?
La ley reconoce al Food Truck como una unidad gastronómica móvil, diseñada y acondicionada para la elaboración y expendio de alimentos y bebidas, que puede operar en espacios autorizados por las municipalidades.
Dentro de este concepto se incluyen:
- Food Trucks motorizados
- Food Trucks no motorizados (remolques)
- Otras formas de infraestructura gastronómica móvil
Cada modalidad debe ser evaluada conforme a su naturaleza técnica y operativa, sin imponer exigencias que no correspondan a su condición real.
🏛️ 3. Enfoque productivo y competencia sectorial
La Ley 32524 reafirma el rol del Ministerio de la Producción (PRODUCE) como ente rector en materia de:
- Promoción de la formalización.
- Desarrollo del emprendimiento.
- Fortalecimiento de la micro y pequeña empresa gastronómica.
La ley no crea nuevas competencias vehiculares, ni transfiere funciones propias del sector transporte a otras entidades.
El enfoque central es productivo y económico, no vehicular.
🚚 4. Vehículos motorizados y normativa de tránsito
Cuando el Food Truck sea un vehículo motorizado, este se rige por la normativa vigente del sector transporte, en lo que corresponda a:
- Revisión técnica vehicular.
- Seguro obligatorio (SOAT).
- Condiciones de circulación.
Estas exigencias se aplican únicamente cuando el vehículo se desplaza por la vía pública, en su calidad de vehículo automotor.
La ley no establece certificaciones adicionales para el modelo de negocio Food Truck.
🛞 5. Food Trucks no motorizados (remolques)
En el caso de los Food Trucks no motorizados (remolques):
- No constituyen vehículos automotores.
- No realizan desplazamiento autónomo.
- No se encuentran dentro del ámbito de certificación vehicular del MTC.
Por tanto, no corresponde exigir certificaciones vehiculares, sino evaluar su condición como:
- Infraestructura gastronómica móvil.
- Unidad productiva estacionaria.
- Elemento auxiliar al desarrollo del negocio.
La evaluación técnica y operativa debe centrarse en condiciones de seguridad, salubridad y funcionamiento, dentro del marco productivo.
🏙️ 6. Rol de las municipalidades
Las municipalidades mantienen sus competencias en:
- Otorgamiento de licencias o autorizaciones.
- Uso y ordenamiento del espacio público o privado.
- Fiscalización del cumplimiento de normas locales.
Sin embargo, la Ley 32524 establece que no pueden crear requisitos adicionales ni exigir certificaciones no previstas en el marco legal nacional.
Las exigencias deben ser razonables, proporcionales y vinculadas al objeto de la ley.
🧪 7. Aspectos sanitarios
Las condiciones sanitarias continúan siendo reguladas por la autoridad competente del sector salud, conforme a la normativa vigente sobre:
- Manipulación de alimentos.
- Higiene y salubridad.
- Buenas prácticas de manufactura.
La ley no modifica ni duplica competencias sanitarias.
📑 8. Reglamentación de la Ley
La Ley 32524 establece la necesidad de una reglamentación, a fin de:
- Precisar procedimientos.
- Uniformizar criterios de aplicación.
- Evitar interpretaciones dispares entre municipalidades.
Desde APEFOODT, se promueve que esta reglamentación:
- Sea liderada por PRODUCE, en coherencia con el enfoque productivo.
- Diferencie claramente Food Trucks motorizados y no motorizados.
- Elimine exigencias técnicas improcedentes.
🟦 9. Importancia de la Ley 32524 para el sector
La Ley 32524 representa:
- Un hito histórico para la gastronomía móvil en el Perú.
- Un paso decisivo hacia la formalización del sector.
- Una herramienta para combatir la informalidad sin criminalizar el emprendimiento.
- Un marco de referencia nacional para autoridades y emprendedores.
🧩 10. Rol de APEFOODT
La Asociación Peruana de Food Truck – APEFOODT actúa como:
- Institución gremial de representación del sector.
- Espacio técnico de interpretación de la norma.
- Enlace entre emprendedores y entidades públicas.
- Promotor de estándares técnicos y operativos.

