Proceso de Autorización Municipal

🏛️ Proceso de Autorización Municipal

Operación de Food Trucks en Espacios Públicos

(Guía técnica para emprendedores y gobiernos locales)

La autorización municipal para operar un Food Truck en un espacio público constituye un procedimiento administrativo local, que debe desarrollarse en concordancia con el marco legal nacional vigente, en particular con la Ley N.° 32524 – Ley que Promueve la Formalización y el Fortalecimiento del Modelo de Negocio de Vehículos Gastronómicos.

Este espacio ha sido desarrollado por la Asociación Peruana de Food Truck – APEFOODT con el objetivo de orientar correctamente a los emprendedores Food Truck y contribuir a una adecuada interpretación técnica de la norma por parte de los gobiernos locales.


⚖️ Principio legal de partida

La Ley N.° 32524 regula la actividad económica gastronómica móvil, no el transporte ni la habilitación vehicular.

En consecuencia:

  • La autorización municipal se inicia por el uso del espacio público.
  • No corresponde exigir certificaciones del MTC como requisito previo para evaluar la solicitud.
  • Las municipalidades conservan sus competencias, pero no pueden imponer exigencias no previstas en la ley.

🚚 ¿Quién solicita la autorización?

El titular del emprendimiento Food Truck es el administrado y responsable de iniciar el procedimiento ante la municipalidad correspondiente.

APEFOODT no sustituye al emprendedor, pero puede acompañar institucionalmente el proceso, brindando soporte técnico y legal dentro del marco de la Ley 32524.


🧭 Fases del Proceso de Autorización Municipal

🔹 FASE 1

Solicitud de uso de espacio público

El emprendedor presenta ante la municipalidad:

  • Solicitud formal de autorización para operar en un espacio público determinado.
  • Identificación del emprendimiento Food Truck.
  • Descripción del tipo de unidad:
    • Vehículo gastronómico motorizado, o
    • Vehículo gastronómico no motorizado (remolque).
  • Propuesta de ubicación, horario y condiciones de operación.

📌 En esta etapa no corresponde exigir certificación MTC ni habilitación vehicular como condición previa.


🔹 FASE 2

Evaluación municipal y observaciones

La municipalidad evalúa la solicitud en función de:

  • Ordenamiento del espacio público.
  • Seguridad ciudadana.
  • Compatibilidad con normas locales.
  • Condiciones sanitarias y operativas.

En caso de observaciones, estas deben estar:

  • Motivadas
  • Sustentadas normativamente
  • Alineadas al marco legal vigente

🔹 FASE 3

Soporte institucional APEFOODT (criterio mixto)

Ante observaciones técnicas o interpretaciones restrictivas, el emprendedor puede adjuntar un documento de acompañamiento institucional de APEFOODT, el cual:

  • Sustenta técnicamente el modelo Food Truck.
  • Precisa el alcance de la Ley N.° 32524.
  • Diferencia la actividad gastronómica de la regulación vehicular.
  • Contribuye a una evaluación objetiva del procedimiento.

Este acompañamiento no invade competencias municipales, sino que fortalece la toma de decisión administrativa.


🔹 FASE 4

Autorización y condiciones de operación

Una vez otorgada la autorización, el emprendimiento deberá cumplir con:

  • Condiciones sanitarias y operativas.
  • Lineamientos municipales aplicables.
  • Buenas prácticas de seguridad e higiene.
  • Estándares técnicos del modelo Food Truck.

APEFOODT puede emitir, de manera complementaria, una Certificación de Operatividad, como respaldo técnico del funcionamiento de la unidad, sin sustituir autorizaciones municipales ni sanitarias.


🚨 ¿Qué hacer ante exigencias no previstas en la Ley?

Si una municipalidad condiciona el inicio del trámite a requisitos no contemplados en la Ley 32524 (por ejemplo, certificación MTC previa), se recomienda:

  1. Solicitar la motivación legal expresa del requerimiento.
  2. Presentar sustento técnico-legal basado en la Ley 32524.
  3. Adjuntar acompañamiento institucional de APEFOODT.
  4. De persistir la exigencia, evaluar acciones administrativas conforme a ley.

🤝 Rol de APEFOODT en este proceso

Como institución gremial nacional, APEFOODT:

  • Brinda orientación técnica y legal a emprendedores Food Truck.
  • Acompaña procesos de autorización municipal.
  • Promueve interpretaciones coherentes con la Ley 32524.
  • Articula con gobiernos locales y entidades del Estado.
  • Contribuye al ordenamiento y formalización del sector.

🟦 Formalización, ordenamiento y desarrollo

El proceso de autorización municipal debe entenderse como una herramienta de ordenamiento urbano y formalización productiva, no como una barrera para el emprendimiento.

APEFOODT reafirma su compromiso con un modelo Food Truck formal, seguro y sostenible, en armonía con los gobiernos locales y el marco legal vigente.

Modelo de solicitud con acompañamiento institucional

APEFOODT pone a disposición de sus afiliados un modelo de solIcitud de autorización municipal, diseñado bajo un criterio mixto, en el cual el emprendedor es el solicitante directo y la Asociación brinda soporte técnico e institucional, en concordancia con la Ley N.° 32524.

Este documento tiene como finalidad facilitar una correcta evaluación municipal, prevenir exigencias no previstas en el marco legal vigente y promover un proceso de autorización ordenado y transparente.

🔘 [ Modelo de Solicitud Institucional APEFOODT ]