La Ceguera de los Funcionarios Municipales

Todos los emprendedores Food Truck han venido a nosotros, porque cuando han querido hacer las cosas formales, se han encontrado con una respuesta muy similar “Aquí no tenemos Food Trucks”, no existe una ordenanza que permita trabajar a los Food Trucks en los espacios públicos, porque a ningún político se le ilumino la virgen previendo que el anuncio que hiciera nuestro Gran Embajador de la Marca País Perú, Don Gastón Acurio apadrinando públicamente la creación de una tendencia denominada “Combis Sangucheras” que pretendía convertir el flagelo de las Combis Asesinas en opciones culinarias que finalmente terminaron invadiendo las calles populadas de comercio ambulatorio sin mayor control municipal, puesto que sus presupuesto no facilitan realizar una fiscalización continua para establecer el orden de los espacios públicos de mayor transito peatonal.

Todos conocemos el paradero de una Combi Sanguchera a partir de las 6:00 de la tarde, desconocemos  la calidad, la salubridad y la seguridad con que esos alimentos son preparados, y menos aún la procedencia de los mismos. Pero las autoridades tampoco lo saben, puesto que no ejercen una función fiscalizadora que permita controlar el nivel de salubridad y seguridad que exponen a los comensales asiduos a sus servicios, por la necesidad de consumo de alimentos de costos asequibles a su economía y por razones de tiempo al ser comidas rápidas al paso, que nuestro estrés y limitaciones de tiempo nos obliga a consumir en estas unidades.

Los funcionarios con decir, “aquí no permitimos este tipo de unidades en nuestra jurisdicción porque no tenemos ordenanzas que las identifiquen y se puedan brindar las autorizaciones correspondientes“, se limitan a cerrar los ojos y dejar que los comensales corran el riesgo de intoxicación leve o grave que a posterior pueda terminar en una demanda a la autoridad municipal por poner en riesgo la salud de su comunidad. Claro esto no les afecta mucho porque sabemos como la justicia camina en el Perú y una demanda puede tomarse entre 2 a 3 años para su ejecución final, quedando las faltas o delitos en la total impunidad.

No cuesta mucho llevar a estos emprendedores a una formalización, puesto que ellos mismo quieren y están dispuestos a ser parte del motor de crecimiento de la economía del país tributando a la SUNAT como MYPE, siempre y cuando el municipio les entregue una autorización para trabajar tranquilos y en regla, cumpliendo factores de orden y distribución de locaciones, como también regularizar sus unidades cumpliendo estándares y normas de salubridad y seguridad.

Por la misma razón la Asociación Peruana de Food Truck – APEFOODT, tomando la experiencia de los países miembros de la Comunidad Food Truck Latinoamerica, de la cual somos parte de la misma, hemos logrado la Certificación de PROMPERU para la licenciatura de la Marca País Perú a nivel institucional la misma que nos brinda la fuerza para desarrollar proyectos de inversión privada a fin de crear espacios públicos para los Food Trucks formalizados y certificados también por nuestra institución para el Fomento del Turismo Gastronómico, creando  precedentes de evolución y crecimiento emprendedor ampliando la base tributaria existente, favoreciendo la economía del país y lo que es mejor creando puestos de trabajo sostenibles para las familias de bajos recursos económicos, brindando oportunidad laboral a jóvenes emprendedores a través de inversionistas jubilados de sus AFPs que no saben donde hacer crecer su dinero acumulado y favoreciendo a las instituciones de bienestar social con aportes directamente proporcionales a la evolución de los negocios en esta modalidad.

Con esta fuerza institucional y con el auspicio de empresas e inversiones privadas, la asociación viene solicitando los espacios públicos para la puesta en marcha de este proyecto del Turismo Gastronómico amparándonos en una ley existente, la Ley General de Turismo, Ley N° 29408, la misma que esta por encima de cualquier ordenanza municipal y ante la negativa de las autoridades tenemos el mecanismo legal para judicializar nuestra solicitud y demandar la falta de voluntad de hacer cumplir el tenor de los Artículos 1°, 2° y 3° de la ley que indica la priorización de la inversión pública y/o privada para el desarrollo de actividades basadas en el turismo y de esa manera establecer un crecimiento sostenible y validar la no discriminación en los aspecto económicos y sociales.

¿Qué es mejor, seguir manteniendo la ceguera de la existencia de las Combis Sangucheras en las noches de nuestra ciudad, poniendo el riesgo la salud de los vecinos de la comunidad distrital o formalizarlos para que puedan trabajar tranquilos siguiendo normas de salubridad y seguridad, mitigando todo tipo de riesgos a la población y al municipio?

¿Aceptamos la prepotencia municipal de erradicar este tipo de comercio en los espacios públicos, cometiendo una in discriminación social o abusando de cobros indebidos a los emprendedores que buscan mantener una economía sostenible para sus familias?

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